La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles la venta, distribución, uso y publicidad de una serie de aromatizantes, desinfectantes y productos para el tratamiento de piscinas que se comercializaban sin la correspondiente autorización sanitaria.
Así quedó plasmado en las Disposiciones 3706/2026 y 3797/2025 publicadas hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular de dicho organismo, Luis Eduardo Fontana.
En la primera de ellas la Anmat prohibió todos los productos de la marca Sinolor, entre ellos eliminadores de olores, desinfectantes y limpiadores, cualquiera sea su lote o presentación. La restricción también alcanza a las plataformas de comercio electrónico donde eran ofrecidos al público.
La investigación fue impulsada por el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, luego de detectar publicaciones en sitios web y redes sociales que promocionaban estos artículos sin registro ante la autoridad sanitaria.
Según informó la Anmat, los productos prometían eliminar olores y combatir virus, bacterias y hongos, aunque no existían registros que permitieran verificar su composición, eficacia o condiciones de elaboración. Además, tampoco se identificó un establecimiento habilitado como responsable de su fabricación.
En tanto la Disposición 3707/2026 dispuso la prohibición de todos los productos de la marca Aquamar by LABZA, dedicada a la comercialización de desinfectantes, clarificadores, alguicidas, insecticidas y limpiadores para piscinas.
El expediente se originó a partir de una advertencia del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) sobre la venta de un insecticida identificado como «Knock-out», promocionado para eliminar larvas de mosquitos y otros insectos en el agua de las piletas.
Tras las verificaciones correspondientes, la Anmat determinó que el producto no contaba con registro sanitario y que tampoco existía un establecimiento elaborador habilitado. La investigación se extendió luego al resto de los artículos ofrecidos por la empresa, que también carecían de autorización para su comercialización.
Además, los técnicos concluyeron que el insecticida cuestionado no encuadra dentro de ninguna de las categorías habilitadas para productos destinados al tratamiento de agua de piscinas, por lo que su comercialización resultaba aún más irregular.
Desde el organismo remarcaron que la ausencia de registros impide conocer los ingredientes utilizados, las condiciones de fabricación y los estándares de seguridad, una situación que podría representar riesgos para los consumidores. Por ese motivo, ordenaron el retiro de todos los productos involucrados hasta que las empresas regularicen su situación y obtengan las habilitaciones correspondientes.
