Luego de las modificaciones en el protocolo de aislamiento, el Gobierno publicó cuándo pueden volver a trabajar de forma presencial las personas contagiadas de Covid-19 y las que fueron contacto estrecho.
Este miércoles se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 27/2022 por el cual el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social pone en marcha el nuevo protocolo de aislamiento. “Pese al aumento exponencial de contagios, gracias a la cobertura de la campaña de vacunación, la cartera de Trabajo tomó las recomendaciones elaboradas por el Ministerio de Salud en el actual contexto epidemiológico y resolvió que ‘los trabajadores y trabajadoras que tengan diagnóstico de COVID-19 que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta’”, señala el documento.
Ante este nuevo contexto resuelven:
- Casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto: A los DIEZ (10) días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.
- Casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de CINCO meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo): A los SIETE (7) días desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), cumpliendo en los TRES (3) días posteriores de cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos, ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada, bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón- en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia, ventilar los ambientes de manera continua y extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo). Los resultados de laboratorio o de confirmación por criterio clínico-epidemiológico son visibles en la APP Mi Argentina.
Por su parte, las personas que fueron contacto estrecho de un tercero deberán:
- Contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto (sin vacunar o con más de CINCO meses de la aplicación de la última dosis): A los DIEZ (10) días desde el último contacto con el caso confirmado.
- Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo (esquema de dosis única, de DOS -2- dosis o esquema inicial con dosis adicional, según corresponda y menos de CINCO meses de completado el esquema) o que hayan tenido COVID-19 en los últimos NOVENTA (90) días:
- Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales.
- Deben, maximizar medidas preventivas (uso OBLIGATORIO de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente).
- Se sugiere realización de test diagnóstico entre el tercer y quinto día.
- Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.
- Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo + refuerzo con más de CATORCE (14) días de la última aplicación:
- Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales.
- Deben, maximizar medidas preventivas (uso OBLIGATORIO de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente).
- Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.