El presidente Milei publicó el decreto que amplía la posibilidades para validar y registrar la firma digital, ahora podrá realizarse de manera remota.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, adelantó el pasado domingo que la normativa contaba con las modificaciones para ser publicada, y que la ampliación permitiría «que todos los individuos puedan obtener su firma digital de manera remota, desde su casa».
«Cualquier contrato, que antes requería que te encontraras en un lugar para firmarlo y verificarlo, ahora podrá hacerse de manera remota. Esto le facilitará la vida a mucha gente”, sostuvo el funcionario.
¿Cuáles son los cambios al decreto de firma digital que estableció el Gobierno?
Sin embargo, a partir de la publicación del nuevo decreto, la normativa queda de la siguiente manera: «Dicha verificación de identidad puede o no hacerse de manera presencial, para lo cual se deberán emplear servicios de validación de identidad en tiempo real que utilicen el confronte de datos del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS”.
Además, modifica el artículo 27 del mismo decreto 182/19 que hasta ahora señalaba que «la presencia física del solicitante ante el Certificador Licenciado o sus autoridades de registro será condición ineludible para el cumplimiento de los trámites necesarios para la emisión del correspondiente certificado digital». A partir de ahora, la presencia física «no será condición ineludible para el cumplimiento de los trámites necesarios para la emisión, renovación o revocación del correspondiente certificado digital».