La jueza Andrade en su fallo dejó expuesta a la policía: no se informaban detenciones, ni las causas de las mismas. Liberó a 114 personas.
La brutal represión de la policía
Un fallo contundente en defensa de la protesta
«Debe recordarse entonces que fueron informadas como detenidas ciento catorce (114) personas en la órbita de la justicia de la Ciudad, por fuerzas policiales federales y de la Ciudad, en el marco de lo que se dio a conocer públicamente como Marcha por los Jubilados», se indica en el fallo judicial.
Luego, la jueza remarca: «advertí, como adelanté al resolver, que se encontraban en juego derechos constitucionales fundamentales como son el derecho a la protesta, a manifestarse en democracia, a peticionar ante las autoridades, a la libertad de expresión, entre otros (arts. 14 de la Constitución Nacional, 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos). Estas libertades adquieren especial relevancia un día como hoy en el que parte de la sociedad se expresa (se “moviliza”) en favor del ejercicio de la libertad de expresión de los integrantes de uno de los sectores más vulnerables de nuestra República, los adultos/as mayores. Desde el Poder Judicial corresponde atender a ello especialmente».
Y agrega: «En otras palabras, en democracia, toda persona debe poder expresarse, peticionar ante las autoridades, asociarse, reunirse y manifestar su parecer y, sobre todo, su disconformidad con las decisiones gubernamentales».
En defensa de los jubilados y a la libertad de expresión
«Así, vale recordar que los adultos mayores se encuentran específicamente protegidos en nuestra Constitución Nacional (art. 75 inc. 22) a través de la Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores, incorporada a la Carta Magna a través de la sanción de la ley 27.700 por el Congreso de la Nación», apunta en otro tramo de la resolución.
«La libertad de expresión, junto con el derecho a la protesta, necesariamente concatenado con la primera, se configuran como derechos baluartes del sistema democrático, pues permiten a los individuos de una sociedad democrática dar a conocer sus ideas, conocer las opiniones de sus conciudadanos y los actos de gobierno y criticar los actos de sus representantes, así como peticionar a estos últimos», destaca la jueza Andrade, en un fallo contundente por donde se lo mire.
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